El Gobierno nacional ha oficializado el calendario de feriados y días no laborables para el año 2025. A través del decreto 1027/2024 y la Ley 27.399, se establecieron los días festivos y no laborables para el próximo año ¹.
Feriados Inamovibles 2025
- 1 de enero: Año Nuevo
- 3, 4 y 24 de marzo: Carnaval
- 2 de abril: Feriado inamovible
- 1 de mayo: Día del Trabajador
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- 9 de julio: Día de la Independencia
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre: Navidad
Días No Laborables con Fines Turísticos 2025
- 2 de mayo: Día no laborable con fines turísticos
- 15 de agosto: Día no laborable con fines turísticos
- 21 de noviembre: Día no laborable con fines turísticos
Es importante destacar que los días no laborables no son obligatorios y cada empleador podrá determinar su aplicación. En el caso de la Administración Pública Nacional, estos días serán considerados de asueto ¹.