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viernes, septiembre 5, 2025

Veda electoral en Buenos Aires 2025

Desde este viernes a las 8 de la mañana rige la veda electoral en toda la Provincia de Buenos Aires. Las elecciones legislativas se celebrarán el domingo 7 de septiembre y las restricciones se mantendrán hasta tres horas después del cierre de los comicios.

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La veda electoral en Buenos Aires 2025 comenzó este viernes 5 de septiembre a las 8.00 y se extenderá hasta el domingo 7 a las 21.00, es decir, tres horas después del cierre de los comicios legislativos. Durante este período, los ciudadanos deberán respetar una serie de restricciones establecidas por el Código Electoral bonaerense.

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?

Según el artículo 16 de la Ley 14.086, queda prohibido:

  • Difundir propaganda política en medios de comunicación (TV, radio, gráfica o redes) durante las 48 horas previas a la elección.
  • Publicar o dar a conocer encuestas y sondeos preelectorales.
  • Realizar espectáculos masivos: eventos deportivos, recitales, obras teatrales o reuniones públicas no vinculadas al proceso electoral.
  • Vender bebidas alcohólicas desde el sábado 6 a las 20.00 hasta el domingo a las 21.00.

Además, quienes violen el secreto del voto o inciten a votar por determinado candidato (o a no votar) se exponen a sanciones que incluyen multas, arresto e incluso penas de prisión de hasta tres años, según la gravedad del incumplimiento.

¿Qué se vota este domingo en Buenos Aires?

El domingo 7 de septiembre, la Provincia de Buenos Aires renovará parte de su Legislatura bonaerense:

  • 46 diputados provinciales.
  • 23 senadores provinciales.
  • Además, en los distritos también se eligen concejales y consejeros escolares.

En total, más de 14 millones de bonaerenses están habilitados para votar en 41.189 mesas distribuidas en todo el territorio. Entre ellos, más de un millón son extranjeros con residencia en la provincia y con derecho a sufragar.

Multas y sanciones

El incumplimiento de la veda puede derivar en multas de entre 10.000 y 100.000 pesos, según el tipo de falta, además de sanciones a partidos políticos o candidatos que violen los plazos de campaña.

En el caso de la venta de alcohol, el artículo 134 de la Ley Electoral establece penas de entre uno y seis meses de arresto para los comerciantes que no respeten la prohibición.

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