Coca-Cola deberá pagarle más de 5 millones de pesos a un consumidor de La Plata

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la responsabilidad de Reginald Lee S.A. por la venta de una botella de Coca-Cola con un cuerpo extraño en City Bell. La empresa deberá afrontar un pago que, entre indemnización, honorarios y costas, ronda los 5 millones de pesos.

Un consumidor de La Plata llevó el caso a la Justicia

La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la responsabilidad de Reginald Lee S.A., embotelladora de Coca-Cola en Argentina, por la comercialización de una botella con un cuerpo extraño que fue adquirida por un consumidor en un supermercado de City Bell, partido de La Plata.

El hecho ocurrió el 19 de marzo de 2022, cuando el hombre compró cinco botellas retornables de vidrio de un litro de Coca-Cola. Tras consumir las primeras tres sin inconvenientes, al beber la cuarta detectó una sustancia arenosa, que posteriormente le provocó un cuadro de gastroenteritis aguda, por el que recibió asistencia médica.

El hallazgo de una botella con un cuerpo extraño

Luego del episodio, el consumidor revisó la quinta botella, que permanecía cerrada y con su tapa de fábrica intacta. En su interior encontró un cuerpo extraño sólido, de aspecto pedregoso, por lo que decidió conservar el envase para que pudiera ser sometido a una pericia.

Ese elemento se convirtió en una de las principales pruebas del expediente judicial, ya que permitió acreditar la existencia del defecto en el producto comercializado.

La demanda contra la empresa

Tras realizar el reclamo ante el servicio de atención al cliente de Coca-Cola e intentar llegar a un acuerdo mediante instancias de conciliación, el consumidor decidió iniciar una demanda judicial.

En la presentación invocó la Ley de Defensa del Consumidor y aportó diversa documentación, entre ella actas, fotografías, un certificado médico, el ticket de compra y certificaciones notariales.

Qué resolvió la Cámara de Apelaciones

La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, integrada por los jueces Ernesto Lucchelli y Alejandra Tevez, confirmó la responsabilidad de Reginald Lee S.A., una de las cuatro empresas socias locales de The Coca-Cola Company.

El tribunal determinó además que Coca-Cola FEMSA S.A. debía quedar excluida del reclamo al considerar que no fabrica ni comercializa ese producto en La Plata, por lo que la responsabilidad recayó exclusivamente sobre la embotelladora demandada.

Con la actualización del fallo, la indemnización por daño moral superó los 200 mil pesos fijados inicialmente y, al sumar honorarios profesionales y costas judiciales, el monto total que deberá afrontar la empresa ronda los 5 millones de pesos.

La postura de la embotelladora

Durante el proceso judicial, Reginald Lee S.A. negó la existencia del defecto y sostuvo que «era técnicamente imposible que un cuerpo extraño saliera de su planta«, argumento que respaldó con sus procedimientos y controles de calidad.

Sin embargo, los magistrados consideraron acreditada la responsabilidad de la empresa respecto de la botella en la que se encontró el cuerpo extraño.

Qué aspectos rechazó la Justicia

El tribunal adoptó un criterio diferente respecto de la botella que contenía la sustancia arenosa. Como ese envase no fue sometido a la pericia correspondiente, la Cámara limitó la condena únicamente al caso que pudo comprobarse mediante prueba.

Asimismo, los jueces rechazaron el pedido de indemnización por daños físicos y psicológicos, al considerar que durante el proceso no se acreditó la existencia de secuelas permanentes derivadas del episodio.

Cómo continúa el caso

Con la confirmación del fallo de segunda instancia, quedó firme la responsabilidad de Reginald Lee S.A. por la comercialización de la botella defectuosa. La resolución ratifica la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor en un caso donde la prueba pericial resultó determinante para establecer la responsabilidad de la embotelladora.

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