El Gobierno nacional oficializó el calendario de feriados y días no laborables para el 2025 a través del decreto 1027/2024 y la Ley 27.399. Este cronograma incluye tanto los feriados inamovibles como los días no laborables con fines turísticos, ideales para organizar descansos y escapadas.
Feriados inamovibles 2025
- Enero: Miércoles 1° (Año Nuevo).
- Marzo:
- Lunes 3 y martes 4 (Carnaval).
- Lunes 24 (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia).
- Abril:
- Miércoles 2 (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas).
- Viernes 18 (Viernes Santo).
- Mayo:
- Jueves 1° (Día del Trabajador).
- Domingo 25 (Día de la Revolución de Mayo).
- Junio:
- Lunes 16 (traslado del feriado del martes 17 por el Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes).
- Viernes 20 (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano).
- Julio: Miércoles 9 (Día de la Independencia).
- Agosto: Domingo 17 (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín).
- Octubre: Domingo 12 (Día del Respeto a la Diversidad Cultural).
- Noviembre:
- Lunes 24 (traslado del feriado del jueves 20 por el Día de la Soberanía Nacional).
- Diciembre:
- Lunes 8 (Día de la Inmaculada Concepción).
- Jueves 25 (Navidad).
Días no laborables con fines turísticos
El decreto incluye los siguientes días no laborables:
- Jueves 17 de abril.
- Viernes 2 de mayo.
- Viernes 15 de agosto.
- Viernes 21 de noviembre.
Importante: ¿Qué implica un día no laborable?
Los días no laborables no tienen carácter obligatorio, por lo que cada empleador puede determinar su aplicación. Sin embargo, la Administración Pública Nacional y entidades educativas, bancarias y administrativas suelen considerarlos de asueto.
Planifica tus escapadas y descansos
Con este cronograma, el Gobierno busca fomentar el turismo interno y brindar más oportunidades de descanso para los trabajadores.