El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Plata resolvió sobreseer de manera definitiva a Juan Ignacio Buzali, acusado de atropellar a dos jóvenes en Año Nuevo de 2021. Los jueces recalificaron el hecho y consideraron que la acción penal estaba prescripta.
El fallo que cambió la causa
El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Plata resolvió sobreseer total y definitivamente a Juan Ignacio Buzali, exmarido de Carolina Píparo, en la causa por el atropello de dos jóvenes ocurrido durante la madrugada del 1 de enero de 2021.
La decisión sorprendió porque el empresario había llegado a juicio acusado por una tentativa de homicidio, una figura penal mucho más grave. Sin embargo, los jueces entendieron que no existió intención de matar y recalificaron el hecho como lesiones leves imprudentes.
De esta manera, el tribunal consideró que el delito ya no podía ser perseguido penalmente porque la acción estaba prescripta desde abril de 2025.
Cómo ocurrió el hecho en La Plata
El episodio tuvo lugar en las primeras horas de 2021, cuando Carolina Píparo y Juan Ignacio Buzali circulaban por la zona de calle 47 entre 15 y 16, en pleno centro de La Plata.
Según la denuncia inicial, la pareja aseguró haber sido víctima de un robo cometido por motociclistas. Tras ese episodio, sostuvieron que reconocieron a los presuntos autores del asalto y comenzaron una persecución a bordo de un Fiat 500L negro con techo blanco.
Durante esa secuencia, el vehículo impactó desde atrás a una moto en la que viajaban Luis Lavalle y un adolescente de 17 años. Ambos cayeron al asfalto y resultaron heridos. Posteriormente, la investigación determinó que ninguno de los dos tenía relación con el robo denunciado.
Qué resolvieron los jueces
En la sentencia difundida por secretaría, los magistrados dispusieron el sobreseimiento de Buzali “en orden al hecho ocurrido el 1 de enero de 2021 en perjuicio de Luis Lavalle e Iván Coronel”.
Además, ordenaron la devolución de los vehículos secuestrados y establecieron que las costas quedaran en el orden causado.
Para el tribunal, la conducta de Buzali encuadró en un delito culposo y no en una tentativa de homicidio. Por eso, antes de analizar una eventual condena, recalificaron la acusación y luego declararon extinguida la acción penal por el paso del tiempo.
Los pedidos de condena y las críticas al fallo
Durante el juicio, la fiscalía había solicitado una pena de seis años de prisión para Buzali, mientras que las querellas reclamaron una condena de ocho años.
El abogado de una de las víctimas, Martín Miguel De Vargas, cuestionó la resolución y aseguró que “el tribunal consideró que no había dolo y que fue un accidente”.
También sostuvo que “hubo juicios más cortos y este lo demoraron. Parece que todo se dio a propósito para generar esto”.
En esa línea, afirmó: “En mi alegato pude demostrar que no fue un accidente. Buzali pasó dos autos a fondo, avanzó atrás de los chicos y los atropelló”.
Qué puede pasar ahora
La resolución judicial generó malestar entre los representantes de las víctimas, quienes adelantaron que apelarán el fallo ante la Cámara de Casación.
El caso fue uno de los expedientes judiciales más resonantes de los últimos años en La Plata y volvió a quedar en el centro de la discusión pública por el alcance de la prescripción y los tiempos del proceso judicial.
A partir de ahora, la continuidad de la causa dependerá de la revisión que puedan realizar instancias superiores sobre la recalificación del hecho y la extinción de la acción penal.


